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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 06110
11 de junio, 2009
DAGJ-0873-2009
Señor
José Rafael Torres Castro
Presidente Consejo Directivo
INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio sobre la legalidad de la distribución de gastos confidenciales que realiza el ICD deconformidad con lo que establece el artículo 151 de la Ley 8204.
Damos respuesta a su oficio PCD-ICD-163-2009 de 03 de junio de 2009, mediante el cual remiten el acuerdo del Consejo Directivo del ICD No. Ext.004-02-2009, tomado en la sesión extraordinaria No. 2 de 21 de mayo de 2009, en el que solicitan criterio sobre la legalidad de la distribución de gastos confidenciales que realiza el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), de conformidad con lo que establece el artículo 151 de la Ley 8204.
Criterio de la División
El artículo 99 de la Ley N° 8204 señala que “… el Instituto Costarricense sobre Drogas será el encargado de coordinar, diseñar e implementar las políticas, los planes y las estrategias para la prevención del consumo de drogas, el tratamiento, la rehabilitación y la reinserción de los farmacodependientes, así como las políticas, los planes y las estrategias contra el tráfico ilícito de drogas y actividades conexas, la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo. Dicho Instituto, como órgano responsable del diseño y la coordinación en la ejecución de las políticas para el abordaje del fenómeno de las drogas, la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo, coordinará con las instituciones ejecutoras de programas y proyectos afines en estas materias…”.
Al respecto, esta Contraloría General, en el informe Nº DFOE-PGA-60/2006 titulado “resultados del estudio sobre el manejo de los gastos confidenciales en el Instituto Costarricense sobre Drogas”, concluyó que del texto transcrito se deriva la existencia de una área represiva en el ámbito de compete ...
Fecha publicación: 13/06/2009
Fecha emisión: 10/06/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
Tesauro: Partida Presupuestaria
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06051
10 de junio, 2009
DAGJ-0862-2009
Licenciada
Dalia María Pérez Ruiz
Auditora Interna
Municipalidad de Montes de Oro
Puntarenas
Estimada señora:
Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formula por la Auditora Interna de la Municipalidad de Montes de Oro, mediante oficio AI-47-09, referida a la aplicación del artículo 131 inciso g) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, sobre la contratación directa de reparaciones indeterminadas.
Damos respuesta a su oficio AI-47-09, recibido en esta Contraloría General el día 1 de abril del año anterior.
I.- Motivo de la consulta:
De acuerdo con los términos del oficio, se solicita criterio respecto a la aplicación del artículo 131 inciso g) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y al respecto se solicita aclarar los siguientes puntos:
· si en la habilitación que otorga dicha norma es facultativo para la Administración precalificar los talleres o es un requisito ineludible;
· si en el alcance de la reparación, es necesario el desarme de la maquinaria, equipos o vehículos;
· si la Administración está habilitada para precalificar talles con base en sistemas de contratación;
· si la Administración debe garantizar una adecuada rotación de los talleres que previamente ha calificado como idóneos;
· si a la Administración le corresponde fijar los mecanismos de control interno adecuados en aspectos tales como: análisis de razonabilidad de precios, recuperación de piezas sustituidas, exigencia de facturas originales de repuestos, entre otros;
· si se debe garantizar la incorporación de nuevos talleres en cualquier momento.
II.- Criterio de la División:
Como es sabido, dentro del marco general de la contratación administrativa, la regla fundamental es que las adquisiciones de bienes y servicios requeridas por el Estado —cualesquiera que éstos sean— deben ser sometidas a un concurso público ...
Fecha publicación: 13/06/2009
Fecha emisión: 10/06/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 06034
10 de junio, 2009
DAGJ-0858-2009
Señor
Marco Vinicio Redondo Quirós
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta formulada por el Alcalde de la Municipalidad de Oreamuno, mediante el oficio AM-00962-09-mr
q del 20 de mayo de 2009 sobre la preadjudicación de lotes en el proyecto de vivienda municipal Blanquillo antes de la reforma del Código Municipal de 1998.
Damos respuesta al oficio no. AM-00962-09-mrq del 20 de mayo de 2009, del Alcalde de la Municipalidad de Oreamuno, sobre la preadjudicación de lotes en el proyecto de vivienda municipal Blanquillo, antes de la reforma del Código Municipal de 1998.
Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República no. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia.
I.- Motivo de la consulta:
Nos informa en su consulta que en los años 1990 a 1994 se inició el proyecto de vivienda municipal, por medio del cual fueron preadjudicados lotes a varias familias, pero en dicho momento no se realizaron los trámites de formalización y no realizaron las respectivas escrituras.
Ante esa situación plantea las siguientes interrogantes:
1. ¿Ante la preadjudicación realizada antes de 1998, estas mantienen su validez al día de hoy?
2. ¿Puede realizarse la escritura respectiva?
3. ¿Son correctas las conclusiones del oficio no. DL-0497-2008, por cuanto indican consecuencias jurídicas como reconocim ...
Fecha publicación: 11/06/2009
Fecha emisión: 09/06/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Bienes Inmuebles
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 05873
08 de junio, 2009
DAGJ-0847-2009
Señor
Lic. Jorge Fernández Chacón
Director General a.i.
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formulada por la Dirección General de Aviación Civil, mediante el oficio 091947 del 4 de mayo de 2009, sobre a quien le compete autorizar los viajes al exterior y el adelanto de viáticos a los funcionarios técnicos y administrativos de esa institución.
Damos respuesta a su oficio no. 091947 del 4 de mayo de 2009, mediante el cual la Dirección General de Aviación Civil consulta sobre a quien le compete autorizar los viajes al exterior y el adelanto de viáticos a los funcionarios técnicos y administrativos de esa institución.
Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República No. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia.
I.- Motivo de la consulta:
Señala en su consulta que de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos, emitido por este órgano contralor, el artículo 7 establece que le compete a la autoridad superior administrativa del ente público, entiéndase en el caso de la institución que consulta al Director General o a quien este designe, dictar el acuerdo de autorización de los viajes al exterior a los servidores públicos y su respectivo adelante de viáticos de conformidad con el artículo 31 de ese mismo cuerpo ...
Fecha publicación: 11/06/2009
Fecha emisión: 08/06/2009
Institución: DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Zonaje y Viaticos
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 05872
08 de junio, 2009
DAGJ-0846-2009
Señora
Marcia Valladares Bermúdez
Directora Nacional
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD
DINADECO
Estimada señora:
Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formulada por la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, mediante el oficio DND-578-09 del 27 de mayo de 2009, sobre contratación administrativa llevada a cabo por el jerarca institucional a favor de esa entidad.
Damos respuesta a su oficio DND-578-09 del 27 de mayo de 2009 de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, en adelante DINADECO, sobre contratación administrativa llevada a cabo por el jerarca institucional a favor de esa entidad.
Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República No. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia.
I.- Motivo de la consulta:
Señala en su gestión que en relación con la contratación administrativa llevada a cabo por el jerarca institucional a favor de la entidad que representa, DINADECO, plantea las siguientes consultas:
1. ¿Posee DINADECO competencia y legitimación jurídico instrumental para comunicar el preaviso de un contrato administrativo suscrito por el superior jerárquico (Ministerio de Gobernación y Policía) quien realizó la elaboración del cartel, la adjudicación, la elaboración y firma del contrato?
2. ¿Cuenta DINADECO con una desconcentración presupuestaria suficiente para llevar a cabo resc ...
Fecha publicación: 11/06/2009
Fecha emisión: 08/06/2009
Institución: DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 05800
05 de junio, 2009
DAGJ-0829-2009
Señor
Freddy Chand Ch
Auditor Interno
Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial
CNREE
Estimado señor:
Asunto: Sobre consulta presentada ante esta Contraloría General de la República con relación al manejo de los fondos trasladados con motivo de la Ley 7972
Se atienden sus oficios 107-2008 del 15 de diciembre de 2008, y 012-2009 del 27 de febrero de 2009; recibidos por esta Contraloría General el 18 de diciembre de 2008, el primero; y el segundo, el 2 de marzo de 2009. En ellos consulta lo siguiente:
a) ¿Deben refrendarse los convenios suscritos en la ejecución de las modalidades de Hogar Grupal y de residencias privadas?
b) ¿Incluir residencias privadas con el fin de lucrar al participar en esta actividad, va en contra de los establecido por el legislador en el inciso a) del artículo 17 de la Ley N° 7972, y el dictamen 057 del 24 de mayo de 2000 de la Procuraduría General de la República?
c) ¿Debería el Consejo Nacional de Rehabilitación exigir la liquidación de los fondos públicos que se otorgan, independientemente si los recursos los reciben directamente los beneficiarios o si se trasladan a un tercero por endoso en vista de la incapacidad de administrar el dinero?
Vista las preguntas planteadas por el consultante, este despacho, mediante oficio N° DAGJ-0372-2009 del 11 de marzo de 2009, le planteo a la Directora Ejecutiva del Centro Nacional de Rehabilitación (en adelante CNREE), las siguientes preguntas:
1. ¿Cómo maneja el Consejo la modalidad de hogar grupal del programa de convivencia familiar?
2. ¿Cómo maneja el Consejo la modalidad de residencias privadas del programa de convivencia familiar?
3. ¿Cuáles son los controles de los fondos otorgados como subsidio en las modalidades de hogar grupal y residencias privadas? ¿Cómo los aplican?
4. En el caso de que existieran diferencias entre uno y ot ...
Fecha publicación: 09/06/2009
Fecha emisión: 05/06/2009
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONAPDIS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 05742
4 de junio de 2009
DAGJ-0822-2009
Señora
Hannia M. Durán
Jefa de Área
Comisión Especial Dictaminadora de la Ciencia, Tecnología e Innovación
Asamblea Legislativa
Estimada señora:
Asunto: Criterio respecto del proyecto de ley N° 16.912 denominado “Utilización del Software Libre en las Instituciones del Estado”.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, mediante el cual solicita el criterio de esta Contraloría General respecto del proyecto de “Utilización del Software Libre en las Instituciones del Estado”, expediente N° 16.912.
A continuación se exponen algunas consideraciones generales en relación con el proyecto de ley de marras, las cuales, debido a la complejidad técnica del tema objeto de regulación, se enfocarán más desde un punto de vista técnico jurídico que técnico informático; no sin antes advertir en primera instancia que por mandato constitucional expreso la decisión de dictar, derogar, y modificar normas legales, es una competencia exclusiva de la Asamblea Legislativa.
1. Sobre el objeto de la iniciativa legislativa.
En cuanto al objeto de la iniciativa legislativa, no desconoce este Despacho que en la actualidad las tecnologías de información constituyen una herramienta importante para el desarrollo del Estado, las empresas y los ciudadanos en general, asimismo que el proceso de desarrollo tecnológico y la dinámica del mercado ponen a disposición de la Administración distintos modelos de explotación del software; siendo su adquisición un importante rubro de inversión de fondos públicos.
Así las cosas, este órgano contralor comprende el debate surgido en torno al software libre, software propietario y a la independencia tecnológica por la que deben velar las Administraciones Públicas. Precisamente, en lo que a este último tema se refiere, las “Normas técnicas para la gestión y el control de las tecnologías de información”, publicadas por esta Contral ...
Fecha publicación: 08/06/2009
Fecha emisión: 04/06/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
Tesauro: Numero de Expediente , Nombre del Proyecto
Asunto: CONSULTA SOBRE EL PROYECTO DENOMINADO ¿REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 11 Y 17 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, LEY NO.º 7428, DE 7 DE SETIEMBRE DE 1994, Y SUS REFORMAS; REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 2 INCISO G), 3, 12 INCISO C), 17 INCISO D), 18 Y 19 DE LA LEY GENERAL DE CONTROL INTERNO, LEY NO. 8292, DE 31 DE JULIO DE 2002, ARTÍCULOS 46 Y 55 DE LA LEY DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA Y PRESUPUESTOS PÚBLICOS, N.º 8131, DE 18 DE SETIEMBRE DE 2001¿, QUE SE ESTUDIA BAJO EL EXPEDIENTE NO. 17.000.
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05635
02 de junio, 2009
DAGJ-0800-2009
Licda. Silma Bolaños Cerdas
Olga Marta Corrales Sánchez
Presidente Comisión Permanente de Asuntos Económicos
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora Diputada:
Asunto: Consulta sobre el proyecto denominado “Reforma de los artículos 11 y 17 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la república, Ley No.º 7428, de 7 de setiembre de 1994, y sus reformas; reforma de los artículos 2 inciso g), 3, 12 inciso c), 17 inciso d), 18 y 19 de la Ley General de Control Interno, Ley no. 8292, de 31 de julio de 2002, artículos 46 y 55 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, n.º 8131, de 18 de setiembre de 2001”, que se estudia bajo el expediente No. 17.000.
Nos referimos a su nota recibida en esta oficina el pasado 14 de noviembre de 2008, mediante la cual solicita el criterio de esta Contraloría General respecto del proyecto de ley de referencia, que se estudia bajo el expediente No. 17.000.
I. Sobre la exposición de motivos del proyecto de ley No. 17.000.
Se señala en la exposición de motivos que el artículo 183 de la Constitución Política define claramente la naturaleza jurídica de la Contraloría General de la República, al conceptuarla como una institución auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda Pública, así como los artículos 182 y 184 ibídem, al explicitar sus atribuciones, establecen claramente que la Contraloría es el órgano superior de fiscalización de la Hacienda Pública, para lo cual se le dota de una serie de potestades e instrumentos de carácter financiero y legal.
Por consiguiente, se concluye en la exposición de motivos que es necesario reformar todas estas disposiciones legales para precisar que la Contraloría solo interviene respecto de la fiscalización de los fondos públicos, y que todas las demás disposiciones sobre el sistema de control, que crea la ley, ...
Fecha publicación: 05/06/2009
Fecha emisión: 01/06/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
Tesauro: Sistema de Control Interno
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 05653
02 de junio, 2009
DAGJ-0807-2009
Señor
Carlos Matías Gonzaga Martínez
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta formulada por el alcalde de la Municipalidad de la Cruz Guanacaste, mediante el oficio ALCO1: 002404-2009 sobre la legalidad de las donaciones efectuadas por esa Municipalidad antes de la reforma del Código Municipal en el año 1998.
Damos respuesta a su oficio no. ALCO1: 002404-2009 sobre la legalidad de las donaciones efectuadas por esa Municipalidad antes de la reforma del Código Municipal en el año 1998.
Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República no. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia.
I.- Motivo de la consulta:
Solicita en su consulta que el órgano contralor se pronuncie y emita criterio vinculante sobre la legalidad de las donaciones efectuadas por la Municipalidad antes de la reforma del Código Municipal en el año 1998, de manera que el proceder de la administración no lesione los derechos de los administrados (los cuales actualmente gozan de un derecho adquirido por esa Municipalidad cuando la ley lo permitía) ni se ponga en riesgo los intereses de la Municipalidad.
Se adjunta el criterio legal de la asesoría legal en el cual se informa como antecedente de este asunto que el 10 de agosto de 1984 una empresa particular dona a la Municipalidad un área de terreno parte de una propiedad de esa empresa, ...
Fecha publicación: 05/06/2009
Fecha emisión: 02/06/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ GUANACASTE
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Donacion
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05640
02 de junio, 2009
DAGJ-0801-2009
Licenciado
José Luis Guzmán Jiménez
Auditor Municipal
Auditoria Interna
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Estimado señor:
Asunto: Consulta en torno al pago de alimentación
Se refiere este Despacho a su oficio Nº AI-262-99 de fecha 01 de abril de 2009, en donde se consulta acerca de la procedencia jurídica de suministrar alimentación durante el desarrollo de los Festejos Populares de fin de año a los miembros de la Comisión, así como a otros servidores de la Municipalidad de San José que laboraron en el campo ferial en Zapote así como en el tope realizando funciones relacionadas con los festejos como aseo de vías, inspectores, personal de parquímetros, miembros de la policía municipal, entre otros.
A este respecto, aporta el criterio del Secretario de la Comisión de Fiestas San José 2008-2009, señor Leonardo Araya Montero (oficio 015-LIQ-CFSJ-09) de 10 de marzo de 2009 y del Lic. Mario Vargas Serrano, Director de Asuntos Jurídicos de esa Municipalidad (DAJ-1218-2009 de 23 de marzo de 2009), los cuales consideran justificado dicho beneficio por las condiciones especiales de horario y lugar que se presentan en este caso, pese a que no existe una norma expresa que lo autorice.
· Criterio del Despacho
Es pertinente indicar, en primera instancia, que en el ejercicio de la potestad consultiva atribuida a la Contraloría General, y la Circular no. CO-529 sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (publicada en el diario oficial La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000), el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas que deben ser resueltas por la administración respectiva; en virtud de lo anterior, debe advertirse que el criterio que ahora pasamos a rendir, se emite en términos generales y resulta aplicable en forma vinculante, en lo que resulte procedente.
La ...
Fecha publicación: 05/06/2009
Fecha emisión: 01/06/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Zonaje y Viaticos , Comisión Festejos Populares